En medio de los trágicos sucesos desencadenados por la DANA en la Comunidad Valenciana y otras regiones de España, el Colegio de Economistas de la Región de Murcia se une a la petición del Consejo General de Economistas de España, instando a que se tomen medidas urgentes para hacer frente a los daños personales y materiales ocasionados. Es vital que se incluyan consideraciones fiscales similares a las aplicadas en situaciones pasadas como el terremoto de Lorca o la erupción del volcán en la Isla de la Palma.
Entre las propuestas fiscales planteadas para mitigar las consecuencias de la DANA se encuentran la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las ayudas públicas recibidas para compensar los daños personales, en viviendas o en establecimientos comerciales y de servicios; deducciones por la rehabilitación o reparación de viviendas habituales afectadas; reducción de los módulos de IRPF y del régimen especial del IVA para las explotaciones agrarias impactadas; y la aplicación de la deducción del 60 por ciento prevista en la normativa para los residentes en Ceuta y Melilla.
En relación al Impuesto sobre Sociedades, se solicitan deducciones para empresas afectadas, especialmente en los gastos relacionados con la reparación o reposición de bienes dañados; incentivos fiscales para promover la inversión en la reconstrucción de la infraestructura empresarial; y considerar como actividad prioritaria de mecenazgo, a efectos de las deducciones de la ley 49/2002, la preservación del patrimonio cultural.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), se propone una bonificación del 50 por ciento en la cuota íntegra del impuesto para los inmuebles dañados que aún no hayan sido reparados y sigan inhabilitados para su uso; y la exención en la cuota del IBI de los inmuebles afectados, en caso de realojamiento de personas o destrozos en cosechas que constituyan siniestros no cubiertos.
En el ámbito del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), se plantea la reducción en las actividades empresariales afectadas en las zonas más golpeadas, con el objetivo de facilitar la recuperación de los negocios locales.
Asimismo, se contempla la exención o bonificación en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para obras de reparación, rehabilitación y reconstrucción de inmuebles dañados; y la exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPYAJD) en las escrituras relacionadas con moratorias de préstamos hipotecarios.
En cuanto a las tasas, se sugiere la exención de las tasas de la Jefatura Central de Tráfico para las bajas de vehículos dañados, siempre y cuando se disponga del seguro obligatorio de automóviles.
Finalmente, se recomienda que las comunidades afectadas establezcan un tipo del 0 por ciento en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas para vehículos usados, y que el Estado aplique un tipo del 0 por ciento en el IVA para la compra de vehículos nuevos, con el fin de facilitar la adquisición de automóviles a aquellos que hayan perdido el suyo debido a las inundaciones.
Tags:
Categoría:
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.