24h Murcia.

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Imponen seis años de internamiento a un menor por agredir sexualmente a sus primas.

Imponen seis años de internamiento a un menor por agredir sexualmente a sus primas.

Murcia, 23 de octubre. Un hecho devastador y preocupante ha llevado a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia a ratificar la sentencia emitida por el Juzgado de Menores 2 de la ciudad. Un menor fue condenado a seis años de internamiento en un centro cerrado, junto con dos años de libertad vigilada, tras ser hallado culpable de abusos sexuales hacia sus dos primas menores.

La decisión del tribunal desestima el recurso presentado por la defensa del condenado, validando la evaluación de las pruebas llevadas a cabo por el juez de primera instancia. En un comunicado, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) afirmó que los fundamentos del fallo son sólidos y justificables.

El tribunal ha enfatizado que la sentencia se sostiene sobre evidencias que fueron consideradas como "suficientes" y debidamente presentadas durante el juicio. Se destaca la relevancia de los testimonios de las víctimas, la evaluación psicológica sobre su credibilidad y las declaraciones de los padres de las menores, quienes aportaron contexto a la situación.

Las víctimas, ahora en una etapa de sanación, compartieron sus experiencias con gran dolor, relatando los acontecimientos sin presentar contradicciones significativas. La resolución judicial señala que el valor de estos desgarradores testimonios es fundamental, ya que la ausencia de testigos adicionales a excepción del acusado limita la corroboración directa de los hechos.

Según los informes judiciales, el delito ocurrió durante la Semana Santa, cuando el primo de las víctimas, entonces de 17 años, abusó de ellas, que contaban con 6 y 9 años, mientras pasaban la noche en su hogar familiar sin la presencia de sus padres.

La defensa argumentó en su apelación sobre la posibilidad de nulidad del procedimiento, alegando que se habían violado derechos fundamentales como el derecho a un juez imparcial y que se cometieron errores en la interpretación de la evidencia presentada.

No obstante, la Audiencia desestimó estas afirmaciones, concluyendo que no se produjo indefensión y que las decisiones del juez en primera instancia fueron "ajustadas a derecho", protegiendo los derechos de todas las partes involucradas.

Adicionalmente, el tribunal resaltó que el juez de menores llevó a cabo el proceso judicial con gran profesionalidad y sensibilidad, dada la naturaleza delicada del caso, manteniendo en todo momento la imparcialidad y el rigor necesario para garantizar el derecho a la defensa y el principio de contradicción.

Con la resolución de la apelación, se confirma la sentencia inicial en todos sus aspectos, incluyendo los seis años de internamiento cerrado y otros dos de libertad vigilada, así como la prohibición de acercamiento y comunicación con las víctimas durante un periodo de tres años. La Audiencia subraya que no existe vía para recurrir esta decisión.