MURCIA, 3 de febrero. En un fallo contundente, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha rechazado el recurso de apelación presentado por un individuo condenado a más de doce años de prisión. Esta decisión confirma la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, que impone al acusado una pena de 12 años y seis meses de encarcelamiento por tres delitos de corrupción de menores y uno por abuso sexual, además de una multa de 900 euros por amenazas leves.
Los hechos que llevaron a esta drástica condena han sido ratificados por el tribunal: se ha demostrado que el acusado manipuló la confianza de tres jóvenes, de 14, 13 y 12 años, a quienes ofreció dinero y regalos a cambio de favores sexuales. Con particular insistencia, el sujeto propuso relaciones sexuales a dos de las menores y reiteradamente a la tercera, a pesar de que todas ellas se negaron constantemente.
La resolución judicial revela que en más de una ocasión, el hombre llegó a ofrecer hasta 1.000 euros por tener un encuentro sexual en grupo, y un año después, 600 euros a cada una si accedían a "entregar su virginidad". Además, se ha corroborado un incidente en el que realizó tocamientos a una de las jóvenes.
Frente al reclamo de violación a la presunción de inocencia, la sentencia argumenta que su juicio se basa en “pruebas sólidas”, obtenidas de manera legal y evaluadas con rigor. El tribunal destaca que el análisis ha sido exhaustivo, validando la credibilidad tanto de las denuncias individuales como de su conjunto, lo que evidencia un patrón de comportamiento del acusado: el intercambio de dinero o regalos por actos sexuales.
Las versiones de las víctimas, a pesar de su corta edad, han mostrado “lógica y coherencia”, lo que no solo refuerza la veracidad de sus testimonios, sino que también ha sido respaldado por evidencia adicional, incluyendo los testimonios de familiares y reportes periciales que documentan el daño psicológico sufrido por las menores.
La sentencia subraya la ausencia de motivos espurios que podrían haber afectado la autenticidad de las denuncias, desestimando cualquier acusación de resentimiento o venganza que pusiera en tela de juicio la validez de lo relatado por las jóvenes.
En relación a otro punto del recurso, que cuestionaba la aplicación de ciertas normativas del Código Penal, el tribunal reafirma que tal análisis debe partir de los hechos considerados probados en el juicio original. Con una evaluación exhaustiva, el Tribunal Superior precisa que los actos del condenado encajan perfectamente en las infracciones penales reflejadas en la sentencia inicial, sin hallazgos de errores en la calificación jurídica de sus conductas.
Finalmente, la Sala ratifica las penas impuestas, que incluyen no solo la prisión, sino también restricciones de acercamiento y comunicación con las víctimas, una inhabilitación especial para cualquier profesión relacionada con menores, y medidas de libertad vigilada que se implementarán al concluir su condena. Este fallo supone un paso significativo en la defensa de los derechos de los menores y una clara sentencia contra la impunidad en casos de abuso y explotación.
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