En consonancia con la cantidad determinada por el actor civil en base a los informes periciales, se considera apropiado el monto establecido.
MURCIA, 29 de mayo.
La Sección 2 de la Audiencia Provincial de Murcia ha rechazado el recurso de apelación presentado por la defensa del ex presidente de la Comunidad Ramón Luis Valcárcel contra la orden del Juzgado de Instrucción 1 de Murcia de marzo de 2023, que le exigía el pago de una fianza de 74.194.332,55 euros y el embargo de sus bienes en caso de no hacerlo antes del juicio oral por el caso La Sal II o Desaladora.
La Sección 3 de la Audiencia, encargada del juicio, ha programado una vista preliminar para el 9 de julio, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU).
La Sala aceptó el recurso de apelación contra la parte del auto que establece la fianza para cubrir posibles responsabilidades financieras, argumentando que la prohibición de apelar no se extiende a los aspectos secundarios.
Los magistrados explicaron que la fianza no es un elemento central del auto de apertura del juicio oral, sino un detalle accesorio según una resolución previa del mismo tribunal.
A pesar de la admisión del recurso, el tribunal considera que la cantidad fijada está debidamente fundamentada, basada en informes periciales sobre el coste de los presuntos delitos asociados al caso.
El tribunal rechazó la afirmación de que la fianza es desproporcionada, irracional y arbitraria, indicando que la cantidad exigida es justa y necesaria para cubrir los posibles perjuicios.
La Sala también rechazó la idea de duplicidad en la cuantía indemnizatoria, argumentando que se debe responsabilizar a cada deudor por el total de la obligación establecida, sin posibilidad de recurso contra esta decisión.
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